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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
253984
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 86, Sexta Parte; Pág. 63

NULIDAD DE ACTUACIONES. CUANDO PUEDE PROMOVERSE DESPUES DE DICTADA LA SENTENCIA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 86, Sexta Parte; Pág. 63

Precedentes

Amparo en revisión 825/75. Fernando G. Coronado Flores. 12 de febrero de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Toral Moreno. Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LXII, página 2410. Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca,Tomo XXXVII, página 2104. Apéndice 1917-1975, Cuarta Parte, tesis 245, 248, 249, respectivamente, páginas 769, 781 y 785.
Registro digital (IUS): 253984