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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 253988
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 86, Sexta Parte; Pág. 68
PRESTACIONES LABORALES, INDEBIDA CONDENA PARCIAL DE LAS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 86, Sexta Parte; Pág. 68
Habiéndose justificado plenamente la relación laboral de velador con dos empresas comerciales, es indebido concluir con condenas parciales, argumentándose que el trabajador estaba también al servicio, como vigilante, de otras empresas de la misma naturaleza, si no se preciso la forma y términos de esas relaciones laborales, procediendo en tal caso condenar a los dos demandados al pago total de las prestaciones reclamadas por el actor.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 789/75. Victoriano Huerta Salazar. 27 de febrero de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Velasco Félix.