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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254010
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 86, Sexta Parte; Pág. 96
SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA ACTOS DEL CONGRESO DE LA UNION.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 86, Sexta Parte; Pág. 96
Si los actos atribuidos al H. Congreso de la Unión, consistentes en la aprobación de un decreto que introduce diversas reformas a la Ley de Hacienda del Distrito Federal para el año de 1975, se tienen por consumados, contra los efectos y consecuencias de tales actos no es procedente conceder la suspensión del acto reclamado, puesto que el H. Congreso de la Unión es un órgano legislativo carente de facultades para ejecutar sus propias determinaciones.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 36/76. Tienda de Abarrotes Los Penny's, S.A. 4 de febrero de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez torres. Secretario: Hugo G. Lara Hernández.
Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION IMPROCEDENTE. LO ES AQUELLA QUE SE SOLICITA CONTRA ACTOS DEL H. CONGRESO DE LA UNION.".