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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254014
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 86, Sexta Parte; Pág. 100
TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA. REGISTRO DE CONTRATOS. PERJUICIO A LA ECONOMIA NACIONAL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 86, Sexta Parte; Pág. 100
No es necesario que para cada caso en particular se determine el estado de la economía nacional para poder medir el agravio que en un solo convenio se pueda ocasionar, porque la intención del legislador al señalar como una prohibición que los convenios tengan un gravamen injustificado y excesivo, fue en el sentido de evitar hasta donde sea posible el menoscabo que a dicha economía se realiza mediante la celebración constante de convenios cuya totalidad y reiterada práctica si causan una sensible falla en la economía nacional.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 59/76. Van Heusen de México, S.A. y coagraviado. 19 de febrero de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Luis María Aguilar Morales.