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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254021
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 85, Sexta Parte; Pág. 20
ARRENDAMIENTO, OPOSICION PARA LA PRORROGA DE UN CONTRATO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 85, Sexta Parte; Pág. 20
La oposición para la prórroga de un contrato de arrendamiento a plazo fijo puede hacerse no sólo después de vencido el contrato, sino antes de su vencimiento, y el hecho de que tal manifestación se haya expresado a través de la demanda de terminación del contrato, presentada la misma días antes del vencimiento, no la convierte en una manifestación extemporánea, en atención a que el artículo 2458 del Código Civil del Estado de Chiapas señala que si el arrendamiento se ha hecho por tiempo determinado, concluye el día prefijado, sin necesidad de desahucio.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 263/75. Eloísa Santiago Ovando. 28 de enero de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira.