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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254098
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 84, Sexta Parte; Pág. 79
EMPLAZAMIENTO AL TERCERO PERJUDICADO. ES ILEGAL EL HECHO POR CONDUCTO DE LAS RESPONSABLES, CUANDO TIENE DOMICILIO SEÑALADO EN EL LUGAR DE LA RESIDENCIA DEL JUEZ DE DISTRITO O DE LA AUTORIDAD QUE CONOZCA DEL JUICIO DE AMPARO.
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 84, Sexta Parte; Pág. 79
Resultan ilegales los emplazamientos hechos a los terceros perjudicados por conducto de las autoridades responsables, cuando aquéllos tienen domicilio señalado en el lugar de la residencia del Juez de Distrito, dado que tales emplazamientos contrarían lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 147 de la ley de la materia, que claramente dispone que a los terceros que se encuentren en esas condiciones se les entregará copia de la demanda por conducto del actuario o del secretario del Juzgado de Distrito o de la autoridad que conozca del juicio de amparo en los términos del artículo 37 de la invocada ley, en el lugar en que éste se siga.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volumen 84, página 51. Amparo en revisión 358/74 "Hugín de México", S.A. 23 de julio de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Eliel E. Fitta García.
Volumen 84, página 51. Amparo en revisión 4/75. Alfonso León Malagón. 10 de septiembre de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Elías H. Banda Aguilar.
Volumen 84, página 51. Amparo en revisión 374/75. Roberto Palomera Gómez. 22 de octubre de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Eliel E. Fitta García.
Volumen 84, página 51. Amparo en revisión 366/75. Gabriel López Mota. 5 de noviembre de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Eliel E. Fitta García.
Volumen 84, página 51. Amparo en revisión 526/75. María de Jesús Jiménez Jiménez de Vizcaíno. 19 de noviembre de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Eliel E. Fitta García.
Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "EMPLAZAMIENTOS SON ILEGALES LOS HECHOS POR CONDUCTO DE LAS RESPONSABLES A LOS TERCEROS PERJUDICADOS CUANDO ESTOS TIENEN DOMICILIO SEÑALADO EN EL LUGAR DE LA RESIDENCIA DEL JUEZ DE DISTRITO O DE LA AUTORIDAD QUE CONOZCA DEL JUICIO DE AMPARO.".