Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/254108
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
254108
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 84, Sexta Parte; Pág. 96

SENTENCIAS DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO. SU MATERIA, EN AMPARO DIRECTO.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 84, Sexta Parte; Pág. 96

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 80, página 77. Amparo directo 729/74. Banco de Londres y México, S.A. 29 de agosto de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Villegas Vázquez. Volumen 80, página 77. Amparo directo 771/74. Augusto Loweree Alvarez. 29 de agosto de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Villegas Vázquez. Volumen 81, página 82. Amparo directo 482/73. Ana María Cura de Flores. 8 de septiembre de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Villegas Vázquez. Volumen 81, página 82. Amparo directo 593/74. Jesús Miguel Otero Domínguez. 8 de septiembre de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Villegas Vázquez. Volumen 81, página 82. Amparo directo 688/74. Andrés Cavazos R. 8 de septiembre de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Villegas Vázquez. Nota: La presente tesis no fue reiterada como vigente para los efectos de la publicación del Apéndice 1917-1995, según los acuerdos a que llegó la Comisión encargada de su integración, quedando a salvo las atribuciones de los órganos judiciales federales para aplicarla, reiterarla, interrumpirla o modificarla en los términos que establecen las disposiciones constitucionales y legales.
Registro digital (IUS): 254108