Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/254123
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254123
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 83, Sexta Parte; Pág. 27
DESPIDO DEL TRABAJADOR. CARGA DE LA PRUEBA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 83, Sexta Parte; Pág. 27
La tesis de jurisprudencia definida número 49 de la Cuarta Sala de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en fojas 63 de la compilación 1917-1965 del Semanario Judicial de la Federación, (tesis 65, Quinta Parte, página 79, del Apéndice 1917-1975), tiene como caso de excepción el relativo a cuando la parte patronal niega la relación de trabajo pero acepta que entre ella y la actora existió otro tipo de relación diversa a la laboral, pues en tales casos la parte patronal tiene la obligación de justificar su excepción fundada en tal circunstancia.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 523/75. Guadalupe Almeraz de Pasillas. 17 de noviembre de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Velasco Félix.