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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254177
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 82, Sexta Parte; Pág. 15
ACCION REIVINDICATORIA IMPROCEDENTE EN CASO DE PROMESA DE VENTA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 82, Sexta Parte; Pág. 15
La acción reivindicatoria no procede cuando previamente la persona que reivindica ha sido condenada al otorgamiento, en favor de la demandada, del contrato de promesa de venta celebrado en relación al inmueble cuya restitución se pretende, puesto que entonces no se encuentra legitimada para ejercitar dicha acción real, al ser causante de la posesión de la promitente compradora.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 322/75. Carlota López viuda de Gutiérrez. 3 de octubre de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Federico Taboada Andraca.