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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254203
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 82, Sexta Parte; Pág. 37
FALSIFICACION DE SELLOS OFICIALES (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 82, Sexta Parte; Pág. 37
El tipo de la "infracción antisocial", prevista en el artículo 214 del Código de Defensa Social para el Estado de Chihuahua, sólo comprende la falsificación de los sellos oficiales del Estado, de los Municipios o de los notarios públicos, imponiéndose por ello manifestar que se violan garantías al considerar justificada la existencia de tal "infracción antisocial", si la falsificación fue de sellos oficiales de otra entidad federativa, porque no se observa la definición y se rebasa el ámbito de aplicación del código estatal.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 42/69. Nicolás Ortiz Benítez. 17 de octubre de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Velasco Félix.