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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
254270
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 81, Sexta Parte; Pág. 17

AGRARIO. ACTOS RECLAMADOS INEXISTENTES.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 81, Sexta Parte; Pág. 17

Precedentes

Amparo en revisión 393/75. Abelardo Aragón Ramírez. 8 de septiembre de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Liévana Palma. Secretario: José Raymundo Ruiz Villalbazo. Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO AGRARIO, INEXISTENCIA DE LOS ACTOS RECLAMADOS EN EL.".
Registro digital (IUS): 254270