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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254291
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 81, Sexta Parte; Pág. 37
FIANZA, IMPROCEDENTE EXTINCION DE LA, POR PRESCRIPCION DE LA PENA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 81, Sexta Parte; Pág. 37
La prescripción de la pena de prisión impuesta al sentenciado no puede ser invocada por la compañía de fianzas para eludir el cumplimiento de las obligaciones que contrajo, con motivo de la garantía que otorgó para que el procesado obtuviera la libertad caucional, pues independientemente de que la prescripción por ser personal sólo puede hacerla valer el sentenciado, para que dicha causa de extinción favorezca a su fiadora, es menester que la prescripción sea declarada previamente por la autoridad judicial.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 80/75. Afianzadora Insurgentes, S.A. 30 de septiembre de 1975. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto. Ponente: Víctor Manuel Franco.
Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "FIANZA. IMPROCEDENTE EXTINCION DE LA.".