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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254303
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 81, Sexta Parte; Pág. 51
MINISTERIO PUBLICO, PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO CONTRA ACTOS DEL, POR NEGATIVA A INTEGRAR UNA AVERIGUACION PREVIA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 81, Sexta Parte; Pág. 51
Si el acto reclamado consiste en que el Ministerio Público se niega a integrar una averiguación previa, sin fundamento legal, es obvio que se trata de actos de una autoridad que tiene la ineludible obligación de integrar las averiguaciones previas en relación con la comisión de los hechos delictivos que se han denunciado, sin que ello implique el ejercicio forzoso de la acción penal en contra de alguien; por tanto, es procedente el juicio de amparo contra actos de tal naturaleza.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Improcedencia administrativa 404/75. María Elena Orduña de De la Peña. 26 de septiembre de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Velasco Félix.
Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "MINISTERIO PUBLICO, PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO CONTRA ACTOS DEL.".