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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254333
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 81, Sexta Parte; Pág. 84
SUCESIONES. INCIDENTE DE EXCLUSION DE BIENES. NO ES MEDIO ORDINARIO DE DEFENSA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 81, Sexta Parte; Pág. 84
La promoción del incidente de exclusión de bienes promovido por un tercero extraño, dentro del juicio sucesorio, para defender como propios bienes listados en los inventarios como pertenecientes al autor de la herencia, no es un medio ordinario de defensa, por lo que ese incidente no encuadra en la causal de improcedencia del juicio constitucional, prevista en la fracción XIV del artículo 73 de la Ley de Amparo, y por ello no queda impedido ese tercero para acudir al juicio de garantías, alegando violaciones a sus derechos de posesión sobre los mismos bienes cuestionados.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 555/75. Leonides Lorenzo Roldán. 26 de septiembre de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Tomás Enrique Ochoa Moguel.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volumen 80, página 78. Amparo en revisión 306/75. Micaela Hernández Vargas. 13 de agosto de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Bravo y Bravo.