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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254391
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 80, Sexta Parte; Pág. 57
PATENTES. INSUFICIENCIA DEL EXAMEN EXTRAORDINARIO DE NOVEDAD.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 80, Sexta Parte; Pág. 57
En tanto no se declare expresamente la nulidad de una patente, y esa declaración se emita en la secuela prevista por el artículo 229, inciso a) de la Ley de la Propiedad Industrial, con arreglo a los preceptos 9o. y 10 del mismo ordenamiento subsisten, sin limitación alguna, los derechos que dicho registro confiere a su titular, entre ellos, el de instaurar el procedimiento relativo para que se declare que la patente ha sido invadida.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 285/75. Holophane, S.A de C.V. 28 de agosto de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretario: Eduardo Mendoza Vives.