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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254420
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 80, Sexta Parte; Pág. 82
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE CONFIANZA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 80, Sexta Parte; Pág. 82
Si el nombramiento otorgado a un empleado público es de aquellos que conforme a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado se considera de confianza, no pierde tal naturaleza por el hecho de que se desempeñe por más de seis meses, pues el artículo 6o. del ordenamiento citado que dispone que los trabajadores de nuevo ingreso no son inamovibles sino después de seis meses de servicio sin nota desfavorable en su expediente, se refiere a los trabajadores de base, que lo son todos aquéllos que no se encuentran incluidos en el artículo 5o. de la misma ley o en otras disposiciones legales.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 281/74. José Manuel Cáceres Barradas. 4 de agosto de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Pérez Miravete.
Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "TRABAJADORES DEL ESTADO QUE SON EMPLEADOS DE CONFIANZA.".