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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254421
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 80, Sexta Parte; Pág. 83
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, SEGURO DE VIDA A ACUERDO PRESIDENCIAL PARA CONTRATARLO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 80, Sexta Parte; Pág. 83
El acuerdo que facultó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, en nombre y representación del Gobierno Federal, y al Departamento del Distrito Federal, contrataran a favor de los trabajadores al servicio civil, de la Federación y del indicado departamento, un seguro colectivo de vida, debe interpretarse no sólo teniendo en cuenta su clausulado en conjunto, sino también los motivos y finalidades del Ejecutivo Federal para la implantación del seguro de vida de que se trata, como fueron: garantizar la estabilidad y el amparo económico de la familia; salvaguardar la mayor riqueza del país, que es la persona física; proteger ampliamente a los servidores del Estado; elementos éstos que, según se expuso en los considerandos del acuerdo aludido, influyeron para su expedición.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 270/75. Aseguradora Hidalgo, S.A. 19 de agosto de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Abelardo Vázquez Cruz.