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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254445
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 79, Sexta Parte; Pág. 33
ENDOSO, TRATANDOSE DE TITULO DE CREDITO QUE FORMA PARTE DE LAS PIEZAS DE AUTOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 79, Sexta Parte; Pág. 33
Si bien es cierto que de acuerdo con el artículo 29 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, "el endoso debe constar en el título relativo o en hoja adherida al mismo", también lo es que no se incumple con dicho precepto cuando el título que se endosa forma parte de las piezas de autos, y el hecho material a que se alude en esa disposición no puede llevarse a cabo si no es con auxilio del Juez de los autos, que en tales casos sólo debe constatar que se reúnen los requisitos relativos a nombre del endosatario, firma del endosante o de la persona que suscriba el endoso a su ruego o en su nombre, clase de endoso y lugar y fecha, para que la transmisión que se realiza tenga plena eficacia.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 177/75. Banco del Ahorro Nacional, S. A. 25 de julio de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Reyes Galván.