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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254454
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 79, Sexta Parte; Pág. 44
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. CALIFICACION ESTIMATIVA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 79, Sexta Parte; Pág. 44
La no presentación de los libros de contabilidad justifica la calificación estimativa del ingreso gravable de los causantes, pero dicha calificación se entiende no debe ser arbitraria y debe respetar la documentación que exista, de tal manera que las conclusiones que se alcancen en la calificación estimativa estén lógicamente fundadas y sin que las contradigan y desvirtúen elementos que se desprendan de la documentación existente.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 247/75. Gome, S.A. 15 de julio de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Abelardo Vázquez Cruz. Secretario: Rubén Pedrero Rodríguez.