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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254528
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 78, Sexta Parte; Pág. 18
ALBACEA. SUSPENSION DEFINITIVA CONCEDIDA POR EL JUEZ DE DISTRITO CONTRA LA REMOCION DEL CARGO DE, Y SUS EFECTOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 78, Sexta Parte; Pág. 18
Si bien la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación ha venido sosteniendo reiteradamente que la remoción del cargo de albacea y los efectos consecuentes no deben suspenderse, ya que le interesa a la sociedad que el acervo hereditario esté en posesión del nuevo albacea, representante común de la sucesión, cuando el tercero perjudicado recurrente no formula sus agravios y motivo de disconformidad en esos términos, sino se concreta a mencionar que la concesión de la suspensión implica la paralización del procedimiento judicial, lo que resulta inexacto, por falta de agravio eficaz para combatir la concesión de la medida cautelar, debe confirmarse en sus términos, aunque este Tribunal Colegiado no se solidariza con el criterio del a quo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Incidente en revisión civil 205/75. Javier Aguilar Villanueva. 30 de junio de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Carrillo Ocampo. Secretaria: María del Carmen Decle de Laynes.