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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254567
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 78, Sexta Parte; Pág. 59
PRUEBA TECNICA ALLEGADA ILEGALMENTE (ASESORES PRIVADOS).
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 78, Sexta Parte; Pág. 59
Aunque el tribunal puede decretar la práctica, repetición o ampliación de cualquier diligencia probatoria, ello debe ser sin lesionar los derechos de las partes; por lo que resulta transgresora de garantías individuales la resolución de la Sala Fiscal que se apoye en la opinión solicitada económicamente por ella a un asesor privado, sin el conocimiento ni la intervención de las partes y prescindiendo de fijar la valuación contradictoria de los dictámenes integrantes de la prueba pericial, que es la idónea para dilucidar las cuestiones técnicas que implica la materia arancelaria.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 255/75. Mexicana de Autobuses, S.A. de C.V. 12 de junio de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretaria: María Soledad Hernández de Mosqueda.