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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254606
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 78, Sexta Parte; Pág. 103
CONFESION COACCIONADA, SI AL INCULPADO SE LE PROLONGA SU DETENCION Y, ADEMAS, PRESENTA HUELLAS DE VIOLENCIA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 78, Sexta Parte; Pág. 103
Carece de validez, para tener por probable la responsabilidad de un inculpado, la confesión que éste emite, admitiendo los cargos que le hace el Ministerio Público, si su detención se ha prolongado por un lapso de diecinueve días, durante el cual se le tomaron dos declaraciones en las que negó su participación en los hechos criminosos que se le atribuyen, y, en la tercera declaración, confiesa haber participado en ellos. La sospecha de falta de veracidad de la declaración rendida después de tanto tiempo de detención debe traducirse en certeza si, al rendir su declaración preparatoria, el inculpado niega su aludida confesión y expresa que fue coaccionado para admitir los hechos imputados y demuestra, con la fe judicial que se levanta, que presenta laceraciones, pues éstas son signos inequívocos de violencias ejercitadas en su persona. Debe tenerse por ineficaz la confesión así obtenida, porque a una persona que se le tiene detenida durante diecinueve días y que ha emitido antes declaraciones negando los cargos, es inconcuso que se le mantiene privada de su libertad con el único fin de arrancarle el reconocimiento de su culpa por medio de presiones, ya derivadas del prolongado encarcelamiento, ya de violencias ejercitadas en su contra o de ambas.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 49/75. Guillermo García López. 23 de mayo de 1975. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto. Ponente: Rafael Barredo Pereira.