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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254607
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 78, Sexta Parte; Pág. 104
CONSTRUCCIONES. ZONAS DE RESTRICCION. RETROACTIVIDAD.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 78, Sexta Parte; Pág. 104
Independientemente del problema de su constitucionalidad, el Acuerdo 645 del jefe del Departamento del Distrito Federal, fechado el 17 de mayo de 1973, que establece que en un tramo de la Avenida Insurgentes debe destinarse a jardín una faja de 5.00 metros de anchura al frente de cada predio, no puede aplicarse retroactivamente para ordenar que sean retiradas construcciones provisionales o permanentes constituidas con anterioridad a la publicación oficial de dicho acuerdo, porque ello violaría situaciones establecidas y derechos adquiridos con anterioridad (artículos 14 constitucional y 3o. del Código Civil aplicable en materia federal, que establece un principio legal aplicable al caso).
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 631/74. Billy John Insurgentes, S.A. 14 de enero de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.