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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254615
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 78, Sexta Parte; Pág. 115
EXTRANJERO RADICADO FUERA DEL PAIS. JUICIO DE AMPARO. DERECHO PARA PROMOVERLO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 78, Sexta Parte; Pág. 115
Si una persona en su carácter de inmigrante se encuentra dentro del territorio de la República Mexicana y, por relaciones de trabajo existentes con terceras personas, ocurre ante la Junta de Conciliación y Arbitraje a demandar de tales personas diversas prestaciones de carácter laboral y por tal motivo se forma el juicio correspondiente, en el que la Junta le reconoce personalidad a dicho extranjero, así como al apoderado que nombra, es incuestionable que si en dicho juicio laboral, estima el actor que se realizaron actos por la Junta mencionada, que considera conculcan sus garantías individuales, sí está legitimado dicho extranjero para promover por su propio derecho o por conducto de su apoderado, el juicio de amparo, atento a lo que dispone el artículo primero constitucional; sin que tal derecho se pierda por el hecho de que al promover el juicio constitucional, dicho extranjero ya no estuviese en territorio nacional por haber salido del país, pues tal circunstancia no trae como consecuencia la suspensión o restricción de las garantías constitucionales a que tiene derecho todo individuo, pues aquélla sólo es operante en los casos que establece el artículo 29 de la Constitución Federal.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo laboral en revisión 1061/74 (Toca 1256/74). Rogelio Fernández Gutiérrez. 16 de enero de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio M. Cal y Mayor G. Secretario: Miguel Angel Morales Hernández.
Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "JUICIO DE AMPARO. DERECHO PARA PROMOVERLO. EXTRANJERO RADICADO FUERA DEL PAIS.".