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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
254626
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 75, Sexta Parte; Pág. 49

PRIMA DE ANTIGÜEDAD. COMPUTO DE LOS AÑOS DE SERVICIOS AL RESCINDIRSE EL CONTRATO DE TRABAJO SIN RESPONSABILIDAD PARA EL PATRON.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 75, Sexta Parte; Pág. 49

Precedentes

Amparo directo 25/75. Corporación Industrial Mexicana, S.A. 14 de marzo de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Reyes Galván. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 78, página 129. Amparo directo 471/74. Plásticos y Novedades de Monterrey, S.A. 4 de octubre de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Reyes Galván. Volumen 68, página 63. Amparo directo 407/74. Panificadora Río, S.A. 30 de agosto de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Reyes Galván.
Registro digital (IUS): 254626