Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/254636
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254636
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 78, Sexta Parte; Pág. 140
SEGURO SOCIAL. CAPITALES CONSTITUTIVOS. ARTICULO 48 DE LA LEY ANTERIOR. NO ES INCONSTITUCIONAL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 78, Sexta Parte; Pág. 140
El artículo 48 de la anterior Ley del Seguro Social no puede estimarse contrario a la Carta Federal, por pretenderse que omita respetar la garantía de audiencia, o por suponerse que deja absolutamente al arbitrio de la autoridad la fijación del monto del capital constitutivo, pues la citada norma debe entenderse en íntima conexión con las demás disposiciones aplicables que integran el sistema respectivo, como son los artículos 35, 37, 42, 43 y 133 de la ley que se menciona, el reglamento de este último y los artículos correspondientes de la Ley Federal del Trabajo, que contienen una tabla de valuación de incapacidades. Del conjunto de tales preceptos se infiere, por una parte, que si se instituyen reglas para determinar, de acuerdo con las peculiaridades de cada caso, y conforme al tipo y grado de incapacidad y al grupo en que está inscrito el trabajador, la cuantía del capital constitutivo, y por otra parte, que el patrón, antes de que se finque, de modo firme y definitivo, el adeudo a su cargo, tiene oportunidad de defenderse, ofrecer y rendir pruebas y alegar, mediante la interposición del recurso de inconformidad, con arreglo a los artículos 4o., 12, 16, 27 y demás aplicables del Reglamento del Artículo 133 de la Ley del Seguro Social, recurso en el cual puede impugnar el carácter de trabajador que se atribuya al accidentado, y exigir que se demuestren la realidad y la justificación de cada uno de los renglones incluidos dentro del monto del capital constitutivo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 550/72. Anderson Claytón & Co., S.A. 9 de enero de 1975. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Véase Semanario Judicial de la Federación:
Séptima Epoca, Volumen 57, Sexta Parte, página 59.
Séptima Epoca, Volumen 54, Sexta Parte, página 102.
Séptima Epoca, Volumen 46, Sexta Parte, página 91.