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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
254643
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 78, Sexta Parte; Pág. 155

CONCEPTOS DE VIOLACION, AUSENCIA DE FORMALIDADES EN LA EXPRESION DE LOS.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 78, Sexta Parte; Pág. 155

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 33, página 21. Amparo en revisión 337/71. Roberto Ugalde Mancera. 6 de septiembre de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Volumen 78, página 100. Amparo en revisión 2741/71. Arcadio Molina Moreno. 10 de abril de 1972. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 78, página 100. Amparo directo 183/69. Ingenio El Carmen, S.A. 27 de junio de 1972. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 78, página 100. Amparo directo 107/72. Hugo Muzza Gutiérrez. 22 de agosto de 1972. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 78, página 25. Amparo en revisión 254/75. Gasor de México, S.A. 24 de junio de 1975. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "CONCEPTOS DE VIOLACION.".
Registro digital (IUS): 254643