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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254679
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 76, Sexta Parte; Pág. 27
CONFESIONAL FICTA EN MATERIA LABORAL. CUANDO NO SE HACE PRUEBA PLENA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 76, Sexta Parte; Pág. 27
Es verídico que la confesional ficta en materia laboral, hace prueba plena cuando no está desvirtuada ni contradicha con otra fehaciente; sin embargo, cuando existe confesional ficta por el trabajador respecto al monto del salario que percibía, y el patrón lleva a juicio las nóminas o recibos de los que se desprende que no se le cubría la cantidad por la que fue declarado confeso el trabajador, estas documentales son suficientes para contradecir la confesional ficta del trabajador y por ende no hace prueba plena esta última.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 584/74. Antonio Rodríguez Mondragón. 10 de abril de 1975. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto. Ponente: Carlos Hidalgo Riestra.
Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "CONFESIONAL FICTA. CUANDO NO HACE PRUEBA PLENA.".