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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254755
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 75, Sexta Parte; Pág. 37
LEGITIMA DEFENSA, EXCLUYENTE DE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 75, Sexta Parte; Pág. 37
Si al producirse el disparo que privó de la vida al sujeto pasivo, ya había cesado el peligro inminente, en caso de haber existido, para la integridad física del sujeto activo y los policías, quienes se dijeron agredidos por la víctima, no opera la excluyente de legítima defensa prevista por la fracción IV del artículo 15 del Código de Defensa Social del Estado de Puebla.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 964/74. Felícitos Palacios Gines. 19 de marzo de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Tomás Enrique Ochoa Moguel. Secretario: Enrique Federico Campos Fritz.