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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
254758
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 75, Sexta Parte; Pág. 40

MERCANCIAS DE PRIMERA NECESIDAD Y MATERIAS PRIMAS ESENCIALES PARA LA ACTIVIDAD INDUSTRIAL NACIONAL, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA APLICACION DEL DECRETO DE 2 DE OCTUBRE DE 1974 QUE REGULA LOS PRECIOS DE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 75, Sexta Parte; Pág. 40

Precedentes

Incidente de suspensión en revisión 22/75. Vidrio Plano de México, S.A. y coagraviados. 13 de marzo de 1975. Mayoría de votos. Disidente: Jesús Toral Moreno, quien consideró procedente el otorgamiento, en parte, de la suspensión definitiva solicitada, en lo que concierne a las consecuencias del acto principal reclamado, consistentes en la obligación, que se impone a las quejosas, de presentar sus estados financieros. Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretario: Eduardo Mendoza Vives.
Registro digital (IUS): 254758