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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254763
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 75, Sexta Parte; Pág. 45
PANDILLERISMO, DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE TABASCO).
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 75, Sexta Parte; Pág. 45
En términos del artículo 173 bis del Código Penal del Estado de Tabasco, para que exista el delito de pandillerismo es necesario que se hayan ejecutado uno o más delitos autónomos o básicos y que la ejecución de éstos haya sido cometida por tres o más personas que actúen en forma habitual o bien ocasional o transitoria, sin estar organizados con fines delictivos. En consecuencia, si el delito de homicidio, conforme al auto de formal prisión, se atribuye penalmente a una persona distinta a los dos quejosos en el amparo y a éstos no se les involucra en la comisión posible de ese delito, no pueden existir los elementos materiales del delito de pandillerismo, por faltar para la existencia de éste, la imputación de un delito básico, puesto que el delito de pandillerismo no constituye en sí una figura delictiva, sino solamente una circunstancia agravadora de penalidad, consistente en la ejecución en común por tres o más personas de uno o más delitos.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 293/74. Juan Ventura de Dios. 13 de marzo de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. secretario: H. Ayuso Cámara.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volumen 52, página 47. Amparo en revisión 71/73. Pedro Córdoba Tosca y coagraviados. 12 de abril de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Carrillo Ocampo.
Nota: En el Informe de 1973 y en la publicación original del asunto 71/73, la tesis aparece bajo el rubro "PANDILLERISMO, DELITO DE.".