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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
254820
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 74, Sexta Parte; Pág. 49

PROCEDIMIENTO LABORAL, INTERRUPCION DEL. SI NO SE PROMUEVE LA NULIDAD DE LA NOTIFICACION POR BOLETIN LABORAL QUE MANDA LA REANUDACION DEL PROCEDIMIENTO, EL AMPARO INDIRECTO ES IMPROCEDENTE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 74, Sexta Parte; Pág. 49

Precedentes

Amparo en revisión 278/73. Lido, S.A. 20 de febrero de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre.
Registro digital (IUS): 254820