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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254848
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 73, Sexta Parte; Pág. 18
AUSENCIA. DERECHOS JUBILATORIOS DEL AUSENTE. SON PERSONALISIMOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 73, Sexta Parte; Pág. 18
Respecto de los bienes del ausente deben tenerse como tales los que forman su patrimonio hasta el momento de su desaparición, entre los cuales están comprendidos los derechos de crédito, así como también los personalísimos, pero éstos solamente puede disfrutarlos su titular, por no ser susceptibles de transmitirse por herencia.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Revisión civil 149/74. Ferrocarriles Nacionales de México. 14 de enero de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Vázquez Contreras.