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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
254924
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 121

ACTOS RECLAMADOS, EXISTENCIA DE LOS.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 121

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 37, página 17. Amparo en revisión 2841/71. Ingeniero Enrique Benítez Vargas. 11 de enero de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Volumen 54, página 67. Amparo en revisión 2811/72. Jaime Gallegos Bárcenas. 10 de abril de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Volumen 54, página 67. Amparo en revisión 201/72. Ramón Alvarado Montes de Oca. 19 de julio de 1972. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 55, página 16. Amparo en revisión 207/73. David Galindo Vázquez y coagraviados. 23 de julio de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 71, página 16. Amparo en revisión 517/73. Daniel Ballesteros Malagón y coagraviados. 5 de noviembre de 1974. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 254924