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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
254932
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 128

APELACION EN MATERIA PENAL. ESTUDIO DE LOS ELEMENTOS BASICOS DE LA CONDENA.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 128

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 72, página 44. Amparo directo 220/73. Heriberto Hernández Domínguez. 11 de octubre de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Bravo y Bravo. Volumen 72, página 44. Amparo directo 325/73. J. Isabel Zonotl Toribio. 12 de marzo de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Gómez Azcárate. Volumen 72, página 44. Amparo directo 44/74. Sixto Manzano Caballero y coagraviado. 9 de mayo de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Gómez Azcárate. Volumen 72, página 44. Amparo directo 278/74. Mario Pérez González. 20 de marzo de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Gómez Azcárate. Volumen 72, página 44. Amparo directo 291/74. Enrique Zamora Huesca. 30 de abril de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Tomás Enrique Ochoa Moguel.
Registro digital (IUS): 254932