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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
254941
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 137

AUTORIDADES RESPONSABLES. SEÑALAMIENTO DE LAS.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 137

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 72, página 54. Amparo en revisión 17/73. Jesús M. Mosqueda Cruz. 30 de abril de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 72, página 54. Amparo en revisión 261/73. Billy John Insurgentes, S.A. 29 de octubre de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 72, página 54. Queja 41/73. El Secretario del Patrimonio Nacional (Laboratorios Bristol de México, S.A.). 13 de noviembre de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 72, página 54. Amparo en revisión 561/73. Ingenio Tamazula, S.A. 6 de febrero de 1974. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 72, página 54. Amparo en revisión 737/74. Compañía Industrial de Guadalajara, S.A. 23 de abril de 1975. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 254941