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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
254945
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 141

CONCEPTOS DE VIOLACION EN EL AMPARO PATRONAL.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 141

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 66, página 81. Amparo directo 474/70. Sindicato de Propietarios de Autobuses de la Línea Indianilla, Sanatorio, Nonoalco, Puerto Aéreo y Anexas. 31 de julio de 1971. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto ni el nombre del ponente. Volumen 66, página 81. Amparo directo 471/71. Roberto Tome Salas. 25 de febrero de 1972. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el el nombre del ponente. Volumen 66, página 81. Amparo directo 384/70. Laboratorios Silanes, S.A. 16 de marzo de 1972. La publicación no menciona el sentido de la votación. Ponente: José Martínez Delgado. Volumen 66, página 21. Amparo directo 549/73. Distribuidora Codex Mexicana, S.A. 26 de junio de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: José Martínez Delgado. Volumen 67, página 24. Amparo directo 462/71. Lechería Nacional, S.A. 3 de julio de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: José Martínez Delgado.
Registro digital (IUS): 254945