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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
254946
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 142

CONDENA CONDICIONAL. PRUEBA TESTIMONIAL INDISPENSABLE (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 142

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 72, página 60. Amparo directo 336/73. Fausto López Martínez. 7 de marzo de 1974. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto. Ponente: Tomás Enrique Ochoa Moguel. Volumen 72, página 60. Amparo directo 16/74. Santos Rosas Pérez. 16 de abril de 1974. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto. Ponente: Ricardo Gómez Azcárate. Volumen 72, página 60. Amparo directo 24/74. Rafael Jiménez Aguilar. 30 de abril de 1974. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto. Ponente: Ricardo Gómez Azcárate. Volumen 72, página 60. Amparo directo 149/74. Enrique Hernández Sánchez. 28 de agosto de 1974. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto ni el nombre del ponente. Volumen 72, página 60. Amparo directo 148/74. René Carreón Pozos. 17 de octubre de 1974. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto. Ponente: Carlos Bravo y Bravo.
Registro digital (IUS): 254946