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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254946
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 142
CONDENA CONDICIONAL. PRUEBA TESTIMONIAL INDISPENSABLE (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 142
Atento lo dispuesto por el artículo 88, fracción III, del Código de Defensa Social del Estado de Puebla, para que el sentenciador penal pueda conceder el beneficio de la condena condicional, es requisito necesario que la buena conducta del reo se justifique por medio de testigos de reconocida idoneidad y arraigo en la localidad; en tal concepto, si el amparista y sus defensores no aportaron la testimonial ni durante la instrucción del proceso, ni en la tramitación de la segunda instancia, la conclusión de la Sala responsable en el sentido de que, aun existiendo otros elementos de prueba relativos a la buena conducta del reo, no procede conceder el beneficio de la condena condicional por ausencia de la mencionada prueba testimonial, no es violatoria de las garantías individuales del sentenciado.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volumen 72, página 60. Amparo directo 336/73. Fausto López Martínez. 7 de marzo de 1974. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto. Ponente: Tomás Enrique Ochoa Moguel.
Volumen 72, página 60. Amparo directo 16/74. Santos Rosas Pérez. 16 de abril de 1974. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto. Ponente: Ricardo Gómez Azcárate.
Volumen 72, página 60. Amparo directo 24/74. Rafael Jiménez Aguilar. 30 de abril de 1974. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto. Ponente: Ricardo Gómez Azcárate.
Volumen 72, página 60. Amparo directo 149/74. Enrique Hernández Sánchez. 28 de agosto de 1974. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto ni el nombre del ponente.
Volumen 72, página 60. Amparo directo 148/74. René Carreón Pozos. 17 de octubre de 1974. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto. Ponente: Carlos Bravo y Bravo.