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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
254954
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 155

FIANZAS. NULIDAD DEL CREDITO Y DEL REQUERIMIENTO A LA FIADORA.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 155

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 72, página 17. Amparo directo 674/74. Afianzadora Cossío, S.A. 3 de diciembre de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Volumen 72, página 17. Amparo directo 704/74. Afianzadora Cossío, S.A. 10 de diciembre de 1974. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 72, página 73. Amparo directo 761/74. La Guardiana, S.A. 21 de enero de 1975. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 72, página 73. Amparo directo 784/74. Afianzadora Cossío, S.A. 28 de enero de 1975. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 72, página 73. Amparo directo 31/75. Afianzadora Cossío, S.A. 4 de marzo de 1975. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 254954