Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/254975
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
254975
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 182

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, FACULTADES DISCRECIONALES EN LA EXENCION DE IMPUESTOS A LA IMPORTACION.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 182

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 72, página 99. Revisión fiscal 147/70 (161/61). Compañía Eléctrica Mexicana del Sureste, S.A. 12 de marzo de 1970. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto ni el nombre del ponente. Volumen 72, página 99. Revisión fiscal 171/70 (287/64). Compañía Eléctrica Mexicana del Sureste, S.A. 31 de marzo de 1970. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto ni el nombre del ponente. Volumen 72, página 99. Revisión fiscal 141/70 (431/63). Compañía Eléctrica Nacional, S.A. 24 de junio de 1970. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto ni el nombre del ponente. Volumen 72, página 99. Revisión fiscal 619/70 (58/61). Luz y Fuerza de Campeche, S.A. 28 de septiembre de 1970. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto ni el nombre del ponente. Volumen 72, página 99. Revisión fiscal 617/70 (388/60). Compañía Eléctrica Nacional. 16 de noviembre de 1970. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto ni el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 254975