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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 254981
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 189
TERMINOS JUDICIALES. COMO DEBEN COMPUTARSE (CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE VERACRUZ).
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 189
Si las partes o sus procuradores no acuden al tribunal a notificarse dentro del término que señala el artículo 72 del Código de Procedimientos Civiles veracruzano, en correcta interpretación del artículo 92 y su correlativo número 78 del propio ordenamiento, la notificación se dará por hecha y surtirá sus efectos el día siguiente al de aquel en que se publique el acuerdo respectivo en la puerta del tribunal o en su tabla de avisos, bien sea en la propia fecha del acuerdo o en otra posterior, en la inteligencia de que los términos se contarán desde que la publicación se haga; de consiguiente, es claro que el invocado artículo 92 debe interpretarse en el sentido de que los términos judiciales empezarán a correr el día siguiente del en que surta sus efectos la notificación y no desde el día siguiente en que se hubiere hecho, porque precisamente dentro de este último plazo apenas surte sus efectos.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volumen 71, página 64. Amparo en revisión 1208/74. Humberto Chena Nava y coagraviados. 28 de noviembre de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio M. Cal y Mayor G.
Volumen 72, página 107. Amparo en revisión 1297/74. Bernardo Hernández Llorente. 17 de enero de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Chan Vargas.
Volumen 72, página 107. Amparo en revisión 43/75. Víctor Márquez Pérez. 7 de febrero de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio M. Cal y Mayor G.
Volumen 72, página 107. Amparo en revisión 99/75. Maquinaria la Comercial de Veracruz, S.A. 7 de febrero de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Chan Vargas.
Volumen 72, página 107. Amparo en revisión 190/75. Leonardo Fernández Cossío. 26 de febrero de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Maldonado Cisneros.