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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255026
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 55, Sexta Parte; Pág. 51
INFORME SOBRE IMPUESTOS, PRUEBA CONSISTENTE EN, EN MATERIA LABORAL. DESECHAMIENTO QUE NO PROCEDE AL EXISTIR IMPOSIBILIDAD LEGAL DE OBTENERLO DIRECTAMENTE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 55, Sexta Parte; Pág. 51
El desechamiento de la prueba del informe de una oficina Federal de Hacienda sobre retención del impuesto a productos del trabajo en las percepciones del actor, es contrario a los artículos 760 y 763 de la ley laboral, pues la obligación de aportar pruebas de que disponga la empresa oferente no le impide solicitar se requiera dicho informe, por encontrarse en la imposibilidad de obtenerlo directamente, al determinar el artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre la Renta que el personal hacendario ha de guardar reserva en las declaraciones y datos de las causantes o terceros relacionados, excepto cuando deban suministrarlos a las autoridades judiciales o a los tribunales.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 162/73. Tritumex, S.A. 17 de julio de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Federico Taboada Andraca.
Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "INFORME SOBRE IMPUESTOS. DESECHAMIENTO QUE NO PROCEDE AL EXISTIR IMPOSIBILIDAD LEGAL DE OBTENERLO DIRECTAMENTE.".