Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/255060
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
255060
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 55, Sexta Parte; Pág. 85

VEHICULOS PROPULSADOS POR MOTORES TIPO DIESEL Y POR MOTORES ACONDICIONADOS PARA USO DE GAS LICUADO DE PETROLEO. EL IMPUESTO DEJA DE CAUSARSE AL EXTINGUIRSE SU HECHO GENERADOR.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 55, Sexta Parte; Pág. 85

Precedentes

Amparo directo 657/71. Embotelladora de Puebla, S.A. 24 de julio de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Ortega Calderón. Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "IMPUESTOS. DEJAN DE CAUSARSE AL EXTINGUIRSE SU HECHO GENERADOR.".
Registro digital (IUS): 255060