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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255080
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 56, Sexta Parte; Pág. 32
DOCUMENTOS PRIVADOS, OBJECION A LOS, EN MATERIA LABORAL. LEY FEDERAL DEL TRABAJO DE 1931 Y CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CIVILES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 56, Sexta Parte; Pág. 32
La Ley Federal del Trabajo anterior carecía de disposición respecto de los documentos privados que son objetados, por lo que, de conformidad con el artículo 16 de esa ley, tenía aplicación supletoria el Código Federal de Procedimientos Civiles, cuya disposición relativa es el artículo 205. Según este precepto, si los documentos privados no son objetados, se tienen por admitidos, pero en caso contrario, o sea, si son objetados, la verdad de la suscripción debe demostrarse por medio de la prueba directa. La interpretación de esta disposición debe ser en el sentido de que, quien presentó el documento que fue objetado, debe probar por otros medios su autenticidad y no dejar la carga de la prueba de la falsedad, que esencialmente es una negación, al objetante.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo laboral 360/73. Ingeniería, Estructuras y Construcciones S.A. 18 de agosto de 1973. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Castro Reyes.
Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "DOCUMENTOS PRIVADOS OBJETADOS. LEY FEDERAL DEL TRABAJO DE 1931 Y CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.".