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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255164
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 61, Sexta Parte; Pág. 33
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. DEDUCCIONES NO AUTORIZADAS. IMPUESTO PARA OBRAS DE PLANIFICACION DEL DISTRITO FEDERAL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 61, Sexta Parte; Pág. 33
Las personas obligadas al pago del impuesto al ingreso global de las personas físicas, después de excluir al remanente de sus ingresos las cantidades que señala el artículo 81 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, pueden hacer las deducciones que determina el artículo 82 de esa ley, entre las que no se cuentan los pagos hechos por concepto de impuesto para obras de planificación del Distrito Federal. Esto, en virtud de que este impuesto grava el capital, y las deducciones autorizadas, fracciones VII y VIII del artículo 82 citado, se refieren a los impuestos que gravan los ingresos del causante.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 652/73. Enrique Delhumean. 25 de enero de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco H. Pavón Vasconcelos.
Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "RENTA, IMPUESTO SOBRE LA. DEDUCCIONES NO AUTORIZADAS. IMPUESTO PARA OBRAS DE PLANIFICACION DEL D. F.".