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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255192
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 63, Sexta Parte; Pág. 29
DEMANDA, ADMISION DE LA. CASO EN EL QUE PUEDA CAUSAR PERJUICIOS (INSCRIPCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD).
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 63, Sexta Parte; Pág. 29
Por regla general, la admisión de una demanda no puede ocasionar perjuicio a la parte reo, toda vez que el Juez tiene que tramitar el juicio y resolver acerca de las pretensiones deducidas en el litigio; sin embargo, ello ha de entenderse única y exclusivamente en relación con los autos que admitan una demanda lisa y llanamente, pero no respecto de resoluciones complejas en las que, además de admitirse a trámite una reclamación, se ordena la inscripción de la demanda en el Registro Público de la Propiedad, caso en el cual se puede derivar perjuicio al demandado.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 46/74. Fomento del Crédito Mexicano, S.A. 22 de marzo de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Efraín Angeles Sentíes.
Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "DEMANDA, ADMISION DE LA. CASO EN EL QUE PUEDE CAUSAR PERJUICIOS.".