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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
255194
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 63, Sexta Parte; Pág. 30

DENUNCIA DE HECHOS QUE PUEDAN SER DELICTUOSOS. CUANDO ORIGINAN EL EJERCICIO DE LA ACCION PENAL, NO PUEDEN DAR MOTIVO PARA EJERCITAR UNA ACCION CIVIL POR PARTE DEL INCULPADO PARA RECLAMAR DAÑOS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 63, Sexta Parte; Pág. 30

Precedentes

Amparo directo 201/73. Enrique González Sánchez. 20 de marzo de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Carrillo Ocampo. Secretario: Raúl Iván Gómez Rodríguez.
Registro digital (IUS): 255194