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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255212
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 63, Sexta Parte; Pág. 54
PRUEBAS. DOCUMENTOS Y SUS ANEXOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 63, Sexta Parte; Pág. 54
Es injusta y carece de base legal la actitud del juzgador cuando considera como prueba un documento exhibido por el oferente, y deja de tomar en cuenta el contenido de los anexos de ese documento, que se exhibieron con él y se mencionan en el mismo. Tal cosa equivale a mutilar una probanza, que debió ser examinada y valorada en la integridad de su contenido y sus anexos. Y no habría razón legal válida para llegar a un formalismo tal que no se tengan por ofrecidos los anexos de un documento, que se mencionan en el mismo y se exhiben juntamente con él, por no haberse dicho sacramentalmente que se ofrecía como prueba el documento con sus anexos.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 634/73. Productores Asociados de Occidente, S.A. 18 de marzo de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.