Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/255214
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255214
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 63, Sexta Parte; Pág. 55
PRUEBAS EN EL AMPARO. OMISION POR PARTE DEL JUEZ DE DISTRITO DEL EXAMEN DE LAS QUE NO TUVO A LA VISTA LA RESPONSABLE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 63, Sexta Parte; Pág. 55
Si el órgano controlador de la constitucionalidad de primer grado omite examinar pruebas documentales ofrecidas por el quejoso que tiene el carácter de parte procesal en el juicio del que emana el acto reclamado, ello no le causa agravio, si el Juez Federal no podía estudiar y valorar una prueba por no haberla tenido a la vista la autoridad responsable para dictar el acto reclamado, ya que en los términos del artículo 78 de la Ley de Amparo, el órgano controlador de la constitucionalidad debe limitarse a examinar, desde el punto de vista constitucional, si las autoridades judiciales ajustaron sus actos a las disposiciones legales, por ello no puede significar que se sustituya al juzgador natural para analizar las pruebas que éste no tuvo a la vista, máxime si en el período preparatorio del proceso o primera fase de la instrucción estuvo el imputado libre de ofrecerlas, pues con ello se desnaturalizaría la función del tribunal constitucional, transformándose en uno o más de instancia.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 8/74. Antonio González Pech. 20 de marzo de 1974. Ponente: Renato Sales Gasque. Secretaria: Martha Alpuche de Rosario.
Nota:
Enviada sin votación a la Dirección del Semanario Judicial de la Federación.
En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBAS EN EL AMPARO. OMISION POR PARTE DEL JUEZ DE DISTRITO.".