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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 255223
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 63, Sexta Parte; Pág. 66
SINDICATOS, REGISTRO DE LOS. CARECE DE LEGITIMACION EL PATRON PARA IMPUGNARLO EN AMPARO, POR FALTA DE INTERES JURIDICO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 63, Sexta Parte; Pág. 66
Siendo el registro de un sindicato un acto relacionado tan sólo con la existencia legal del organismo profesional y que por ello sólo atañe y afecta a los trabajadores, la parte patronal carece de interés jurídico para impugnarlo, por no afectarle, lo que implica la improcedencia del juicio de garantías promovido por dicha parte patronal contra tales actos, de acuerdo con la fracción V del artículo 73 de la Ley de Amparo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
R.P. 136/74. Salvador Cervantes Serrato, Presidente de la Empacadora y Exportadora de Frutas y Legumbres "Agricultores Unidos del Municipio General Francisco Mújica, Michoacán, S.A. de C.V. 8 de marzo de 1974. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto. Ponente: Darío Córdoba L. de Guevara.
Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO EN MATERIA LABORAL. IMPROCEDENCIA DEL PROMOVIDO POR EL PATRON CONTRA EL REGISTRO DE UN SINDICATO POR FALTA DE INTERES JURIDICO.".